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Disposiciones para el funcionamiento de las oficinas de la CAE en zonas francas |
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La CAE dictó disposiciones importantes para el régimen franco
Mediante Resolución 0931 de agosto 15 de 2008, la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) expidió las disposiciones para el funcionamiento de las oficinas de la CAE, que operan dentro de los puntos de ingreso y salida de las zonas francas.
La Resolución 0931 señala que la empresa administradora de Zona Franca deberá solicitar al Gerente General de la CAE, la verificación de la documentación legal requerida y de los requisitos físicos y técnicos mínimos establecidos en ella.
Las empresas administradoras tienen un plazo de un mes, a partir de la publicación de esta Resolución en el Registro Oficial para presentar la solicitud para la autorización de operación de la Oficina de Aduana en Zona Franca.
El detalle de los requisitos legales documentales, físicos y técnicos se encuentra publicado en la página Web de la CAE: www.aduana.gov.ec.
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¿Qué es Conazofra?
 El Consejo Nacional de Zonas Francas (CONAZOFRA), adscrito a la Presidencia de la República es un organismo autónomo, con personería jurídica propia, patrimonio y financiamiento propio, autonomía administrativa, económica, financiera y operativa cuya función principal es ser la Institución Rectora del Régimen Franco en el Ecuador. Leer más
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Director Ejecutivo
 Mediante Sesión de Consejo del 26 de junio del 2008, se designó al Dr. Xavier Drouet Cedeño como Director Ejecutivo encargado.
¿Cómo pagar?
 El pago que deberán efectuar las empresas usuarias de zona franca al CONAZOFRA, deberá efectuarse en el Banco del Pichincha a nombre del Consejo Nacional de Zonas Francas Cta. Cte. No. 3246105704, sublínea 30200, (deposito de instituciones públicas), para el caso de depósito en cheque este deberá ser girado a nombre del CONAZOFRA y endosado , la copia del comprobante de depósito con el detalle de la liquidación de gastos deberá remitirse a la Dirección Ejecutiva del CONAZOFRA Leer más
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