Ley Orgánica de Aduanas PDF Imprimir E-Mail

                     SECCION III
          
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS
              ORGANOS DE LA CORPORACION

    Art. 109.- Del Directorio.- Son atribuciones del Directorio:

      1. Cumplir y hacer cumplir esta ley, sus reglamentos y demás normas pertinentes;
      2. Ejecutar y coordinar la política aduanera;
      3. Establecer, modificar o suprimir mediante resolución las tasas por servicios aduaneros, fijar sus tarifas y regular sus cobros;
      4. Dictar las normas básicas sobre el valor en aduanas de las mercancías, de acuerdo a las normativas de la OMC;
      5. Delimitar el área para la aplicación del Régimen de Tráfico Fronterizo, de conformidad con esta ley, su reglamento y los convenios internacionales;
      6. Establecer en la zona secundaria perímetros fronterizos de vigilancia especial, con sujeción a esta ley, su reglamento y los convenios internacionales;
      7. Resolver sobre la aplicación de los aspectos técnicos o de procedimiento administrativo no previstos en esta ley o en sus reglamentos;
      8. Resolver en caso de duda sobre las exenciones tributarias previstas en esta ley, y demás leyes especiales;
      9. Fijar las bases sobre las que se podrá dar en concesión a particulares la prestación de los servicios aduaneros;
      10. Aprobar los contratos de concesión, determinando las regalías correspondientes, relacionados con los servicios aduaneros;
      11. Crear o suprimir las gerencias distritales a pedido del Gerente General;
      12. Presentar ante los organismos competentes proyectos y reformas de leyes y reglamentos tendientes a mejorar el servicio aduanero;
      13. Conocer y resolver los reclamos presentados por los agentes de aduana relacionados con la concesión y suspensión de sus licencias;
      14. Elegir de entre sus miembros al Vicepresidente de la Corporación quien durará dos años en sus funciones y podrá ser reelegido. El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de falta temporal o definitiva de éste;
      15. Aprobar las dietas por sesión, de los miembros del Directorio;
      16. Supervisar el funcionamiento de las gerencias, General y distritales;
      17. Nombrar y remover al Gerente General de la Corporación, al Subgerente Regional; y, a los gerentes distritales a pedido del Gerente General.

      El Gerente General será nombrado de una terna enviada por el Presidente de la República y deberá reunir los mismos requisitos de los vocales del Directorio;

      18. Contratar una empresa de auditoría externa;
      19. Aprobar el Reglamento Orgánico Funcional, el régimen de remuneraciones, el Reglamento del Personal de la Corporación Aduanera Ecuatoriana y demás regulaciones internas;
      20. Aprobar los planes, programas de trabajo y el presupuesto de la Corporación;
      21. Conocer y aprobar los informes semestrales del Presidente y Gerente General;
      22. Conocer y aprobar los balances semestrales y anuales de la Corporación;
      23. Autorizar la adquisición de los bienes inmuebles, su enajenación, hipotecas y gravámenes de cualquier naturaleza;
   

 

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