Reglamento General a la Ley Orgánica de Aduanas PDF Imprimir E-Mail

     
b)   Haber   sido   sancionado   en   dos  ocasiones  por  falta reglamentaria  en  el  lapso  de  los últimos 12 meses, para los casos establecidos  en  los  literales  b)  y  d)  del Art. 90 de la LOA. La suspensión será de 60 días;

      c)  La falta de renovación de la garantía rendida. La suspensión será por el doble del tiempo de su incumplimiento;

      d)  Por sindicación de un delito aduanero, hasta cuando se dicte sentencia definitiva; y,

      e)   Por  constar  en  denuncias  efectuadas  por  los  gerentes distritales  de  la  CAE en al menos 3 oportunidades en los últimos 12 meses  inmediatamente  anteriores.  La  suspensión  será  de  90 días.

      Art.  163.-  Cancelación  de  la  licencia.-  Son causas para la cancelación de la licencia de Agente de Aduana, las siguientes:

      a)  Por reincidencia en la suspensión de la licencia en el lapso de los últimos doce meses;

      b)  Cuando exista sentencia ejecutoriada condenatoria en el caso de  ilícito aduanero, como autor, cómplice o encubridor. Si se tratare de  una  persona  jurídica cuando uno cualesquiera de los funcionarios con firma autorizada sea condenado;

      c) No ejercer la función o abandonarla por seis meses; y,

      d)  Por  fallecimiento  del  titular o terminación de la persona jurídica.

      Art.   164.-   Obligaciones  de  los  agentes  de  aduana.-  Son obligaciones de los agentes de aduana los siguientes:

      a)  Ejercer  sus  actividades  con  estricta  sujeción a la ley, reglamentos, normas y disposiciones aduaneras;

      b) Llevar los registros informáticos y contables de su actividad y  en especial de los despachos aduaneros en los que haya intervenido, con  sujeción  a  las  normas  expedidas  por  la Corporación Aduanera Ecuatoriana;

      c)  Dar  fe  de  los  datos  que  consignan en las declaraciones aduaneras;

      d)  Conservar  durante  cinco  años  los registros, documentos y antecedentes de los despachos aduaneros a su cargo;

      e) Presentar su credencial para cualquier trámite ante la CAE;

      f) Mantener vigente la garantía correspondiente; y,

      g)  Colaborar  con cualesquiera de los órganos de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.

   

 

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